«Mi padre tenía un piso en Llefià, pero también un préstamo y alguna tarjeta. ¿Si acepto la herencia me como sus deudas?» Es de las consultas más repetidas en herencias, y la respuesta en Cataluña depende de algo que casi nadie hace a tiempo: un inventario ante notario.
La sucesión de alguien con vecindad civil catalana se rige por el libro cuarto del Código civil de Cataluña, no por el Código civil estatal. Las reglas se parecen, pero los plazos y algunos detalles cambian. Lo que sigue es un resumen general de cómo funciona; el caso concreto (testamento, vecindad civil, bienes fuera de Cataluña) puede alterar la solución.
Aceptar a secas significa responder con tu dinero
El artículo 461-18 del libro cuarto del Código civil de Cataluña es claro: quien acepta la herencia de forma pura y simple responde de las deudas del difunto y de las cargas hereditarias «no solo con los bienes relictos, sino también con los bienes propios». Si la herencia tiene 60.000 euros en deudas y un piso que vale 40.000, los 20.000 que faltan pueden salir de tu cuenta.
Y hay una trampa añadida. Según el artículo 461-17, si no se toma el inventario en el tiempo y la forma establecidos, se entiende que la herencia se ha aceptado de forma pura y simple. No hace falta decir «acepto sin reservas»: basta con dejar pasar el plazo.
El beneficio de inventario: la herencia paga con lo suyo
La alternativa es aceptar a beneficio de inventario. El artículo 461-20 resume sus efectos: el heredero no responde de las deudas con sus bienes propios, sino únicamente con los de la herencia, y los dos patrimonios no se mezclan mientras no estén pagadas las deudas.
Tres datos que conviene retener:
- Plazo de seis meses desde que el heredero conoce, o pudo razonablemente conocer, que ha sido llamado a la herencia (artículo 461-15.1).
- Ante notario. El inventario se formaliza en notaría. La ley admite también que valga como inventario el documento privado presentado a la Administración tributaria para liquidar el impuesto de sucesiones (461-15.2), pero es una vía que hay que manejar con cuidado.
- Completo. Hay que relacionar los bienes, sin necesidad de valorarlos, y las deudas con su importe. Si a sabiendas se deja algún bien fuera, el inventario no se considera tomado en forma (461-15.4) y se pierde la protección.
Lo interesante es que se puede acoger al beneficio aunque el testamento lo prohíba y aunque se haya aceptado sin mencionarlo (461-14), siempre que el inventario se haga dentro de plazo.
Quién está protegido sin hacer nada
Algunos herederos disfrutan del beneficio de inventario por ley, aunque no lo tomen: los menores de edad, las personas en tutela o curatela y algunas entidades de interés público (artículo 461-16). Si heredan tus hijos menores por renuncia de otro heredero, por ejemplo, su patrimonio personal no queda expuesto.
¿Y si directamente renuncio?
Renunciar también es una opción, y en herencias claramente negativas suele ser la más limpia. Pero hay que pensar dos cosas antes:
- La renuncia es a toda la herencia. No puedes quedarte con el piso y renunciar a la deuda.
- Al renunciar, la herencia pasa al siguiente llamado, que muchas veces son tus propios hijos. Si son menores, sus padres necesitan autorización judicial para renunciar en su nombre (artículo 461-9.2). Una renuncia mal planificada puede trasladar el problema a la generación siguiente.
Por eso, cuando no está claro si la herencia es positiva o negativa, el inventario suele ser mejor punto de partida: permite conocer las cifras antes de decidir y, si al final salen más deudas que bienes, no arrastra tu patrimonio.
Cómo averiguar qué deudas había
El inventario obliga a poner números, y la familia rara vez los conoce. Estos son los pasos que seguimos para reconstruirlos:
- Certificado de defunción y certificado de últimas voluntades, para saber si hay testamento y ante qué notario.
- Consulta a las entidades con las que operaba: saldos, préstamos, tarjetas y avales. Como heredero puedes pedirlos acreditando tu condición.
- Informe de la Central de Información de Riesgos del Banco de España, que recoge préstamos y avales declarados por las entidades.
- Nota simple de los inmuebles en el Registro de la Propiedad para ver hipotecas y embargos.
- Deudas con Hacienda, Seguridad Social y el ayuntamiento, incluidos recibos de IBI pendientes.
Con seis meses de plazo parece que sobra tiempo, pero entre el entierro, los trámites del banco y las citas en notaría el calendario se come rápido. Si el fallecimiento fue hace tres o cuatro meses y aún no has hecho nada, es el momento de moverse.
Una nota sobre la legítima
En Cataluña la legítima es la cuarta parte de la base de cálculo (artículo 451-5), bastante menos que en el Código civil estatal, y además se calcula descontando las deudas. Quien espera «su parte» de una herencia endeudada a veces descubre que esa parte es cero. Conviene tenerlo presente antes de iniciar reclamaciones entre hermanos.
Si has recibido una herencia en Badalona o alrededores y no sabes si aceptar, renunciar o inventariar, en el área de herencias y sucesiones revisamos la documentación contigo. Puedes consultar orientaciones de coste en tarifas o escribirnos desde contacto indicando la fecha del fallecimiento, que es lo primero que miraremos.
